Todas las claves de los cambios en la regulación del uso de productos fitosanitarios
El pasado 27 de diciembre el Gobierno aprobó un nuevo paquete legislativo que regula la aplicación de la nueva Política Agraria Común (PAC). Este paquete se compone de 8 reales decretos, entre los cuales se encuentra el Real Decreto de uso sostenible de fitosanitarios.
Este Real Decreto 1050/2022 introduce una serie de modificaciones sobre el anterior vigente, el Real Decreto 1311/2012, que suponen un paso más en el camino hacia la sostenibilidad
El nuevo marco de actuación entró en vigor con la llegada del año nuevo, pero ¿en qué consiste exactamente?
Un fitosanitario es un producto químico empleado para proteger los cultivos de plagas y enfermedades entre otros problemas que pueden afectar su salud y crecimiento. Así, el término engloba una amplia variedad de productos, como insecticidas, fungicidas o herbicidas, entre otros. Cada uno de estos productos está diseñado para tratar un tipo específico de plaga ya sea de insectos, arácnidos (ácaros), nematodos, así como enfermedades fúngicas o crecimiento de malas hierbas.
El control fitosanitario debe seguir una estrategia sostenible y responsable, algunos de estos productos son potencialmente tóxicos incluso en humanos. Por lo que, además de manejarse con cuidado, es conveniente evitar aplicarlos en grandes dosis por motivos de salud y de cuidado del medio ambiente.
En líneas generales el nuevo Real Decreto establece:
- Un seguimiento más riguroso y pautado del uso de fitosanitarios.
- Este seguimiento se realiza a través del denominado “Cuaderno Digital de Explotación Agrícola”. Los agricultores deberán llevar a cabo obligatoriamente un registro de todos los tratamientos fitosanitarios aplicados en su finca.
- Los datos del registro deben actualizarse constantemente, como máximo hasta un mes después de la aplicación del tratamiento.
- Recopilar esta información permitirá obtener un indicador personalizado. Es decir, para cada cultivo se obtendrá un cálculo anual individual por hectárea. Este cálculo servirá como medida para el año siguiente. El uso de productos fitosanitarios en los siguientes 12 meses no deberá superar el valor de referencia ya determinado.
- En caso de superar el umbral, la normativa también establece que a partir del 1 de enero de 2026 tendrá consecuencias. En cada caso concreto se aplicarían las debidas medidas y actuaciones, que puedes consultar de manera más extensa en el texto legal. Entre estas medidas se encuentra la necesidad de contratar un asesor para implementar una gestión integrada de plagas y así reducir el uso de fitosanitarios y sus consecuencias perjudiciales.
El modelo es pionero a nivel europeo y su objetivo es sensibilizar a los agricultores haciéndoles conocedores de las cifras de químicos fitosanitarios que emplean y cómo se sitúan respecto a la media nacional.
Se espera que el mantenimiento del libro electrónico de explotación aumente su responsabilidad en el consumo de estos productos y se avance en la consecución de las estrategias climáticas europeas.
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